
Hoy vence plazo para que extranjeros que hayan entrado al país por pasos no habilitados realicen proceso de regularización
El 23 de abril se inició, en todo Chile, el Proceso de Regularización Extraordinario 2018, por instrucción del Presidente Sebastián Piñera, como parte de su política de extranjería, cuyo objetivo central es contar con una migración segura, ordenada y regular.
El Departamento de Extranjería y Migración (DEM) le recuerda a todos los extranjeros que hayan entrado al país por pasos no habilitados que tienen plazo hasta hoy 23 de mayo para inscribirse. Pueden hacerlo en las oficinas de ChileAtiende o en la Gobernación.
Asimismo, el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) le recuerda a todos los extranjeros que tengan visas y permisos vencidos que tienen plazo hasta el 22 de julio para inscribirse. Pueden hacerlo en las oficinas de Chile Atiende.
QUÉ EXTRANJEROS SE DEBEN REGULARIZAR
- Los que hayan entrado al país por pasos no habilitados eludiendo el control migratorio (ingreso clandestino).
- Los que tengan su permiso de turismo vencido.
- Los que tengan su visación de residencia vencida.
- Los que tengan una solicitud de visación de residencia en trámite.
- Los que se encuentren en proceso de reconsideración en trámite
- Los que tengan su permiso de turismo vigente al 8 de abril de 2018.
- Los que cuenten con un permiso de residencia otorgado y vigente que desarrollen actividades remuneradas sin contar con la autorización migratoria correspondiente.
QUÉ DOCUMENTOS SE DEBEN PRESENTAR EN LA ETAPA DE REGISTRO O INSCRIPCIÓN
ETAPA DE REGISTRO: Se debe distinguir dos situaciones:
– Los extranjeros irregulares que hayan ingresado por pasos no habilitados (ingreso clandestino): Sólo su documento de identificación (pasaporte o cédula de identidad).
– Todos los demás casos: Su documento de identificación (pasaporte o cédula de identidad) y tarjeta de turismo o Certificado de Viajes emitido por la PDI (si no cuenta con dicha tarjeta o certificado igual debe registrarse y, posteriormente, en la etapa de procesamiento, se validarán dichos documentos).
QUÉ MULTAS SE IMPONDRÁN A LOS EXTRANJEROS IRREGULARES
No se aplicará multa alguna a los extranjeros que se sometan al Proceso de Regularización.
¿SE DEBE ACUDIR PERSONALMENTE A REGISTRAR? POR QUÉ
Sí, se debe concurrir personalmente, ya que al momento del registro al extranjero se le tomará una fotografía, sus huellas dactilares y datos de contacto para comunicarse con él en la siguiente etapa de procesamiento.
No se admitirá la regularización a través de tramitadores.
¿SE HARÁ ENTREGA DE ALGÚN CERTIFICADO AL MOMENTO DE REGISTRARSE?
Sí, se hará entrega de un “Certificado de Inscripción en Registro de Regularización”, que dará cuenta de tal inscripción y que se encuentra en tramitación su solicitud de regularización. Tal certificación no constituye una autorización migratoria al extranjero para trabajar.
El mero registro bastará para tener por presentada la solicitud de regularización, sin perjuicio de la obligación de entregar la documentación que corresponda en la segunda etapa de procesamiento.